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CÓMO AFIANZAR LA SEGURIDAD HUMANA INTERNACIONAL: UNA PROPUESTA A CORTO PLAZO

Durante las pasadas décadas, el marco provisto por instituciones internacionales establecidas durante el periodo de la posguerra en los años 40s del siglo pasado no han estado respondiendo a las urgentes demandas que nos presentan las crisis internacionales de naturaleza política, sociales y económico financieras. Peor aún, los conflictos bélicos y crímenes de guerra, tal como los que hoy observamos a partir de la invasión terrorista-militar de Hamas a territorio de Israel, nos muestran a una Naciones Unidas impotente y con un Secretario General implorando por la paz, pero sin las capacidades operativas de actuación real para resolver una crisis con potencial efecto multiplicador catastrófico sobre Medio Oriente y el planeta.

¿Cómo comenzar a replantear un orden internacional que permita prevenir y desactivar amenazas transnacionales de diversas naturalezas, tal como episodios pandémicos o como amenazas de proliferación nuclear o el creciente calentamiento global?

La premisa fundamental de todo mecanismo efectivo de decisión global internacional consiste en democratizar los procesos de decisión colectiva a través de las más avanzadas tecnologías de información hoy existentes. En este contexto, una institución tan anacrónica y tan antidemocrática como el Consejo de Seguridad de la ONU no solo impide la toma decisiones colectivas para la generación de bienes públicos internacionales, sino  aún más grave, también deslegitimiza a las Naciones Unidas en sí misma convirtiendo a esta institución, con supuesto carácter universal, en un símbolo del poder neocolonialista al servicio de las pujas de poder entre los 5 miembros permanentes de este órgano con poder de veto (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia).  Este contexto disfuncional atenta contra la provisión de bienes públicos internacionales.

Bajo esta premisa, la reforma y construcción de instituciones supranacionales debe poseer legitimidad democrática de base social, en donde las personas que lideran a estos organismos supranacionales deberían ser sujetas a mecanismos electorales a través de pre-candidaturas y de candidaturas abiertas sin “dedazos” discrecionales de los Estados miembros más poderosos.  Esta legitimidad social debe servir como base de toda institución encargada de custodiar los bienes públicos colectivos del orden internacional, tal como los procesos de resolución de conflictos internacionales y del posterior mantenimiento de la paz.

En este orden de cosas, los Estados nacionales gradualmente deberían delegar funciones a instituciones legislativas, ejecutivo-reguladoras y judiciales supranacionales, todas conformadas por liderazgos que surjan de procesos electorales a través de bases sociales transnacionales.

Estas son reformas institucionales supranacionales que se podrían implementar en el largo plazo de nuestras vidas y de las vidas de futuras generaciones. Pero parafraseando al economista John Maynard Keynes, “en el largo plazo estaremos todos muertos”, por lo tanto, hay que diseñar acciones institucionales en el corto plazo que logren apagar los fuegos de una destrucción masiva causada por guerras o por el cambio climático. En este sentido, con los marcos institucionales que hoy poseemos, la pregunta clave es: ¿qué se puede hacer para traer paz y fomentar la seguridad humana en los ámbitos más dañados por el comportamiento de la humanidad?

En principio, debemos comprender que la seguridad humana ocurre cuando los habitantes de este planeta posean un más acabado acceso a los 58 bienes y servicios esenciales definidos en 16 leyes internacionales (“Convenciones”) de las Naciones Unidas, para asegurar la vida y el desarrollo básico de la humanidad.  Entre estos se comprenden el derecho de acceso al agua potable, a la justicia, a la vida humana, a la propiedad, al libre ejercicio de la religión y a la protección de todas las etnias de ser discriminadas y perseguidas. Cuando la seguridad del acceso a estos 58 derechos humanos se ve violado masivamente a través de invasiones bélico-terroristas, tal como la invasión y las depravadas masacres terroristas causadas por Hamas a territorio israelí el pasado 7 de octubre, es entonces cuando ya no es posible esperar al largo plazo para retornar a una mínima seguridad humana y es cuando la comunidad internacional debe resolver esta situación en el marco decisorio para asegurar la provisión urgente de bienes y servicios colectivos custodiados por las Convenciones (leyes) de las Naciones Unidas (ONU).

Los procedimientos de intervención urgente y de mantenimiento de la paz provistos por el Consejo de Seguridad de la ONU han fallado de manera crónica debido al poder de veto ejercido por los 5 miembros permanentes en un marco decisorio autoritario que nos recuerda al ejercicio de un poder político colonial. Por lo tanto, las decisiones sobre la provisión de bienes y servicios colectivos con carácter universal deberán ser tomadas en el marco alternativo del único órgano democrático que posee la ONU, su Asamblea General.

Para el caso de la actual “guerra” que el Estado de Israel le ha declarado a la organización terrorista Hamas, es necesario que, a través del voto mayoritario de los 193 Estados miembros representados en la Asamblea General, se legitime políticamente la formación urgente de una Comisión Ejecutiva Internacional para la Paz entre Israel y Palestina. Esta “Comisión Ejecutiva” podría estar formada por igual número de representantes provenientes de Estados “cercanos” a los intereses del Pueblo Palestino (por ejemplo, Egipto, Marruecos y Qatar) y por los Estados “cercanos” a los intereses nacionales de Israel (por ejemplo, Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido) y presidida por el Secretario General de la ONU. Esta “Comisión Ejecutiva” debería, primero, prevenir la expansión de esta guerra a otros países de la región del Medio Oriente; y segundo, habría de asumir un rol combinado de mediador y árbitro ante la Autoridad Palestina reconocida en los Acuerdos de Oslo de 1993 y ante el Estado de Israel, con el fin de que se implemente una integral resolución del conflicto basada en lo que estos mismos Acuerdos establecieron como objetivo: el reconocimiento mutuo y la convivencia pacífica de dos Estados, el de Israel y el de Palestina, cuyos límites territoriales deberían ser delineados a través del trabajo de esta misma “Comisión Ejecutiva”.

Tal como se establece para este caso, la Asamblea General de la ONU deberá adoptar un rol mucho más democrático y más funcional que el del actual Consejo de Seguridad para la atención de otras amenazas transnacionales como el cambio climático o futuros episodios pandémicos, para así garantizar el acceso efectivo a los 58 bienes internacionales colectivos que componen la seguridad humana y que ya están plasmados en el derecho internacional hoy vigente.